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BPS INSCRIPCIÓN Y REGULARIZACIÓN DE OBRAS

  • ¿Qué es?

        Comprende a la inscripción de actividades de construcción que haya desarrollado cualquier persona física o jurídica, no              registrada en tiempo y forma.
        Comprende tanto obras nuevas como reformas, ampliaciones o demoliciones.

  • ¿De quién depende?

         Banco de Previsión Social (BPS)

         Banco de Previsión Social

  • ¿Dónde y cuándo se realiza el trámite? 

        -Web.

        -Servicio en línea: Inscripción de Obras por Administración siendo necesario contar con el Usuario Personal BPS. El                          trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial

        -Presencial.

         Montevideo: Con reserva previa por Agenda Web, Registro de Contribuyentes – Construcción, Sarandí 570 Subsuelo.
         Interior del país: Sucursales o Agencias según corresponda. Ver en Agenda Web lugares que exigen reserva previa.
 

  • ¿Qué se necesita para realizarlo?

        -Presencial

         F1 - Registro de obra privada, con los datos de la obra. Debe presentarse en una vía impresa en doble faz, con timbre                     profesional, firmada por el titular de la obra. Se exigirá firma técnica cuando la obra requiera adjuntar planos.

        F1 – Instructivo Registro de obra privada

        F9 - Cambio de estado de obra con los datos de la solicitud de cierre de obra. Debe presentarse en una vía impresa en                    doble faz, con timbre profesional, firmada por el titular de la obra.

        F9 - Instructivo Cambio de estado de obra

       -Web: no se requieren estos formularios. Se completan los datos en el momento del trámite Web.

       Para todas las modalidades:

​       Minuta Notarial. Certificación del escribano de titularidad y datos del inmueble. Debe estar fechada, y firmada por el                   titular y el escribano actuante.

       Autorización del propietario con certificación notarial de firmas. Corresponde al consentimiento del titular de derechos               sobre inmueble para realizar la obra. Debe presentarse cuando el titular de la obra es un tercero que carece de derechos               reales sobre el inmueble (ej. arrendatarios, comodatarios, ocupantes).

      Memoria descriptiva: detalle de las características constructivas. Puede utilizarse el formulario F3 – Memoria Descriptiva.          Es necesario para obra nueva, ampliación, demolición o reforma con modificación de estructura, en períodos no pasibles de        prescripción. Se requiere una vía impresa en doble faz, con timbre profesional.

    En caso de regularizaciones con más de un período de obra no pasible de prescripción se presentará una memoria por cada        período.

     Planos: del trabajo de obra y de fraccionamiento para inmuebles en Propiedad Horizontal.

     Se requiere cuando la obra implica modificación de la estructura del inmueble (obra nueva, ampliación, demolición, reforma        que modifica la estructura). Se presenta en formato PDF con 2 cortes (transversal y longitudinal), fachadas, planta y                      ubicación.

    También se exigirá plano cuando existan períodos de obra pasibles de prescripción.

    En caso de inmuebles en PH se solicitará el plano de fraccionamiento, escaneado. No se admiten los planos que surgen del          sitio Web de Topografía.

    Declaración Jurada del Técnico de autenticidad de los planos, con timbre profesional. Acompaña los planos, firmado por              titular de la obra y técnico. 

     Puede sustituirse el plano y la declaración jurada del técnico por un relevamiento integral.

       En caso de trámites presenciales, los documentos deben exhibirse en formato papel (excepto planos). 

      Para la modalidad web se adjuntan los documentos escaneados.

 
      Además de los requisitos señalados debe considerar los siguientes aspectos: 

     a) Requisitos generales

      Los formularios deben ser firmados por el titular, representante o apoderado, y el técnico actuante de corresponder. No se          admiten enmiendas, interlineados, ni tachados que no estén debidamente salvados por el titular.

      Se requiere fotocopia del documento de identidad de todos los firmantes (titulares o representantes, y técnicos). De                        concurrir un tercero, debe presentar además fotocopia de su documento de identidad.

      De tratarse de titulares residentes en el exterior, que hayan contado con documento de identidad uruguayo (vencido),                   deberán certificar el documento de identidad del país de origen, su residencia en ese país y la correspondencia con el                     número de cédula de identidad uruguaya.

      La documentación debe mantenerse como resguardo del trámite realizado, en ambas modalidades, pudiendo el BPS                     solicitarla en cualquier momento.

      b) Situación del inmueble a la fecha de realización de los trabajos.

      En virtud del derecho real establecido por el Decreto Ley 14.411, los trabajos a inscribir deben asociarse al inmueble en el          que se realizaron. Por tanto, para padrones que fueron fusionados, fraccionados, o incorporados a Propiedad Horizontal              deberá realizarse la regularización del padrón que se encontraba vigente en ese momento.

      c) Poderes

      En caso de actuar por poder deberá presentarse:

      De tratarse de un poder exclusivo para BPS, debe presentarse el original con certificación de firmas, o un testimonio                      notarial por exhibición.

      De tratarse de un poder de otra clase, debe presentarse testimonio notarial por exhibición del mismo, con destino BPS.

      Para poderes provenientes del exterior, debe presentarse un testimonio por exhibición del primer testimonio de                                protocolización.

      Se sugiere la lectura de la Guía de Buenas Prácticas de Registro de Representantes para casos más complejos.

      d) Inscripción en otros organismos o instituciones 

     Ante determinadas situaciones corresponde la inscripción ante DGI (IVA por agregación de valor en los inmuebles). Más              información en www.dgi.gub.uy

      e) Obras por contrato y nóminas.

     De corresponder pueden presentarse nóminas previo a la fiscalización del inmueble, incluso vinculando contratistas por el          aplicativo de Mantenimiento y Cierre de Obras.

      f) Fiscalización de la obra


      Las oficinas fiscalizadoras de cada departamento, se contactarán, en caso de ser necesaria la concurrencia al inmueble.                Solo en este caso se generará expediente. 

      Para actualizar sus datos de contacto ingresar en Gestión de contacto del Contribuyente. 

      En caso de requerirse la fiscalización podrá exigirse documentación adicional a la aportada en el registro. 

      Los contribuyentes pueden verificar si la determinación tributaria fue realizada en la Consulta Aportes de Empresa.

 

  • Costo

         No tiene.

  • Otros datos de interés: 

         Teléfono de consultas 0800 2001 – Asistencia al Contribuyente.

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